El Congreso aprueba nuevas medidas laborales y de Seguridad Social en el Real Decreto-ley 1/2025.

El nuevo marco normativo mantiene las disposiciones previas pero con un menor alcance en sus medidas

El Congreso de los Diputados ha aprobado el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, que introduce medidas urgentes en materia económica, de transporte, Seguridad Social y situaciones de vulnerabilidad. Este decreto llega tras la derogación del denominado «ómnibus» (Real Decreto-ley 9/2024) y mantiene muchas de sus disposiciones en el ámbito laboral y de Seguridad Social, aunque con una reducción significativa en la cantidad de medidas adoptadas.

Principales disposiciones del RDL 1/2025

  1. Salario Mínimo Interprofesional (SMI): El nuevo decreto no introduce cambios en el SMI para 2025, por lo que se mantiene el SMI de 2024 hasta que se apruebe una nueva actualización.
  2. Revalorización de pensiones: Se establecen los siguientes ajustes para 2025:
    • El límite máximo de pensiones públicas se fija en 3.267,60 euros mensuales o 45.746,40 euros anuales.
    • Las pensiones contributivas y del Régimen de Clases Pasivas aumentan un 2,8%.
    • El complemento para reducir la brecha de género en pensiones se fija en 35,90 euros mensuales.
    • Pensiones no contributivas y de invalidez alcanzan los 7.905,80 euros anuales.
    • Prestaciones familiares y subsidios experimentan un incremento acorde con la revalorización establecida.
  3. Bases de cotización y Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI):
    • Se mantiene el esquema de bases mínimas y máximas de cotización de 2024, con incrementos en función del SMI y un 2,8% para las bases máximas.
    • Se introduce una Cotización Adicional de Solidaridad para trabajadores con salarios que superen la base máxima de cotización, con tasas progresivas del 0,92% al 1,17%.
  4. Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y cooperativas:
    • Se exceptúa a los socios de cooperativas del sistema de cotización por ingresos reales si cuentan con un sistema intercooperativo de prestaciones sociales.
  5. Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) y Mecanismo RED:
    • Se mantienen los beneficios en la cotización para ERTEs, sujetos a la obligación de mantener el empleo de los trabajadores afectados por un período de entre seis meses y dos años.
  6. Prohibición de despidos por costos energéticos:
    • Las empresas beneficiarias de ayudas directas por aumento de costes energéticos no podrán despedir por esta causa hasta el 31 de diciembre de 2025.
    • Esta prohibición también se extiende a empresas con ERTEs por razones relacionadas con la invasión de Ucrania.

Análisis: ¿Qué impacto tendrá el RDL 1/2025?

El Real Decreto-ley 1/2025 mantiene la línea de su predecesor en cuanto a Seguridad Social y empleo, pero con un menor número de medidas. La ausencia de una actualización del SMI hasta nuevo aviso podría generar incertidumbre en el sector laboral, afectando sobre todo a los trabajadores con menores ingresos. No obstante, la revalorización de pensiones sigue garantizando el poder adquisitivo de los jubilados en un contexto inflacionario.

El mantenimiento de los beneficios en la cotización para los ERTEs es un alivio para empresas en dificultades, pero la obligación de mantener el empleo puede representar un desafío en sectores con alta volatilidad. Asimismo, la prohibición de despidos por costos energéticos protege a los trabajadores, aunque algunos expertos advierten que podría desincentivar la contratación en ciertos sectores.

En definitiva, este decreto busca garantizar estabilidad en materia de Seguridad Social y empleo en 2025, aunque deja algunos puntos abiertos a futuras modificaciones legislativas.

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