Nueva ley limita drásticamente los alquileres turísticos en comunidades de propietarios.

La Ley Orgánica 1/2025 introduce un nuevo régimen

El panorama de los alquileres turísticos en España ha experimentado un giro radical con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025. Esta nueva norma, que reforma la Ley de Propiedad Horizontal, establece que a partir del 3 de abril de 2025, cualquier propietario que desee alquilar su vivienda con fines turísticos deberá obtener previamente la aprobación expresa de la comunidad de propietarios.

Para lograr esta aprobación, se requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que representen, a su vez, las tres quintas partes de las cuotas de participación. Esta medida busca poner fin a las situaciones en las que un solo propietario, sin el consentimiento de la comunidad, podía convertir su vivienda en un alquiler turístico, generando conflictos y alterando la convivencia vecinal.

La ley también establece un régimen transitorio para aquellos propietarios que ya estén ejerciendo la actividad de alquiler turístico antes de la entrada en vigor de la norma. Estos podrán continuar con su actividad siempre y cuando se hayan acogido previamente a la normativa sectorial turística y cumplan con los requisitos establecidos.

Análisis:

La nueva regulación de los alquileres turísticos en comunidades de propietarios representa un importante avance en la protección de los derechos de los vecinos y en la búsqueda de un equilibrio entre el desarrollo del turismo y la convivencia en los edificios residenciales.

Principales puntos a destacar:

  • Mayor control sobre los alquileres turísticos: La exigencia de una aprobación expresa de la comunidad de propietarios otorga a los vecinos un mayor control sobre la actividad turística en su edificio.
  • Protección de la convivencia vecinal: La nueva norma busca evitar los conflictos y molestias que pueden surgir a raíz de una actividad turística intensa en un edificio residencial.
  • Mayor seguridad jurídica: La ley proporciona un marco jurídico claro y preciso para regular los alquileres turísticos en comunidades de propietarios, evitando así situaciones de incertidumbre y litigios.
  • Impacto en el mercado del alquiler turístico: La nueva regulación podría tener un impacto significativo en el mercado del alquiler turístico, especialmente en zonas con una alta concentración de viviendas turísticas.

Posibles consecuencias:

  • Disminución de la oferta de alquileres turísticos: La nueva norma podría reducir la oferta de alquileres turísticos en algunas zonas, especialmente en aquellos edificios donde los propietarios no logren alcanzar el quórum necesario para aprobar la actividad.
  • Aumento de los precios: La menor oferta podría provocar un aumento de los precios de los alquileres turísticos en aquellas zonas donde la demanda sea elevada.
  • Mayor profesionalización del sector: La nueva regulación podría fomentar una mayor profesionalización del sector del alquiler turístico, al obligar a los propietarios a cumplir con requisitos más exigentes.

En definitiva, la Ley Orgánica 1/2025 representa un paso adelante en la regulación del alquiler turístico en España y contribuye a garantizar una convivencia más pacífica y ordenada en las comunidades de propietarios.

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