Pérdidas por deterioro de participaciones: nuevas limitaciones a su deducibilidad.

Las empresas deben prestar especial atención a las nuevas limitaciones impuestas a la deducibilidad de las pérdidas por deterioro de participaciones en entidades del mismo grupo o asociadas. A partir de la Ley 27/2014, y con posteriores modificaciones en la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS), estas pérdidas ya no son deducibles en la mayoría de los casos.

¿Cuándo no se pueden deducir las pérdidas por deterioro?

La normativa fiscal establece dos situaciones principales en las que las pérdidas por deterioro no son deducibles:

1. Cuando no se cumplen los requisitos del artículo 21.1.a) de la LIS. Este artículo exige que la entidad participada tenga un porcentaje mínimo de participación en el capital o en los fondos propios de otra entidad, así como que ambas entidades cumplan con ciertos requisitos de transparencia fiscal.

2. Cuando la entidad participada no es residente en territorio español. En este caso, la pérdida por deterioro solo será deducible si la entidad participada cumple con un requisito específico de tributación mínima.

¿En qué casos sí se pueden deducir las pérdidas por deterioro?

Existen algunas excepciones a la regla general de no deducibilidad. Las pérdidas por deterioro sí podrán deducirse en los siguientes casos:

Si se transmiten o se da de baja la participación en la entidad deteriorada. En este caso, la pérdida se considerará un gasto deducible en el ejercicio fiscal en que se produzca la transmisión o la baja.

Si la entidad participada cumple con los requisitos del artículo 21 de la LIS durante el año anterior a la transmisión o baja de la participación. En este caso, la pérdida se considerará un gasto deducible en el ejercicio fiscal en que se produzca la transmisión o la baja.

¿Qué deben tener en cuenta las empresas?

Las empresas que tengan participaciones en otras entidades deben analizar cuidadosamente su situación fiscal para determinar si las pérdidas por deterioro de dichas participaciones son deducibles o no. En caso de duda, es recomendable consultar con un asesor fiscal especializado.

Análisis:

Las nuevas limitaciones a la deducibilidad de las pérdidas por deterioro de participaciones representan un reto importante para las empresas que tienen participaciones en otras entidades. Estas limitaciones podrían tener un impacto significativo en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades y, por lo tanto, en la tributación de las empresas.

Es importante que las empresas sean conscientes de estas nuevas normas y tomen las medidas necesarias para adaptar su estrategia fiscal en consecuencia. En algunos casos, las empresas podrían plantearse la posibilidad de reestructurar sus participaciones en otras entidades para evitar la no deducibilidad de las pérdidas por deterioro.

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