Autónomo: ¿estás reteniendo bien en tus facturas?

Si el profesional está al inicio de su actividad profesional, la retención a aplicar es del 7%.

¿Cuánto debe retener un trabajador autónomo en sus facturas? A la hora de realizar la factura, estos profesionales deben aplicar retenciones fiscales, en ciertos casos y circunstancias. Ese descuento se practica a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del proveedor.

Los autónomos deben declarar trimestralmente las retenciones practicadas a través del modelo 111. Desde el programa de gestión administrativa Quipu, recuerdan que además el profesional debe declarar las retenciones a Hacienda a través del modelo 190.

La retención a aplicar será del 7% cuando el profesional se encuentre en el inicio de su actividad. Durante los primeros dos ejercicios fiscales el profesional podrá aplicar este tipo de retención. También podrá hacerlo en el caso de que en el ejercicio previo no haya realizado ninguna actividad profesional. De esta forma, podría emplear este tipo de retención reducida a lo largo de su trayectoria.

El tipo general del IRPF es del 15%. Estos expertos explican que cuando no se deba aplicar retención en las facturas o éstas supongan menos del 70% del volumen total de la facturación, también se tendrá que presentar el modelo 130.

La aplicación del IRPF en las facturas es independiente del importe total y se exige en las llamadas profesiones liberales como la de artistas, escritores, abogados, asesores fiscales y contables y economistas.

Cinco Días

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