Un juzgado de Santander reconoce el derecho a la prestación de un autónomo cuyo negocio era inviable, a pesar de no tener pérdidas del 10%.
Sentencia pionera: abre la puerta a una nueva interpretación de los requisitos para acceder a la prestación, considerando la viabilidad económica del negocio.
Los hechos:
Un autónomo con un punto de venta de productos de telefonía cesó su actividad debido a ingresos insuficientes.
Aunque no tuvo pérdidas del 10%, sus ingresos en 2022 fueron de solo 1.543 euros.
También existieron problemas técnicos y un contexto empresarial adverso.
La decisión:
El juez reconoce que la normativa no exige un 10% de pérdidas, sino «motivos económicos determinantes de la inviabilidad».
Se considera que la baja rentabilidad, los problemas técnicos y el contexto empresarial justifican la prestación.
Un precedente importante:
Abre la puerta a que otros autónomos en situaciones similares puedan acceder a la prestación.
Es un paso hacia una mayor protección social para los trabajadores autónomos.
Análisis:
Esta sentencia es un hito en la jurisprudencia española.
Reconoce la realidad económica de muchos autónomos que no pueden llegar al 10% de pérdidas, pero que no pueden continuar con su negocio.
Es un paso importante hacia una mayor justicia social para este colectivo.
La batalla legal no termina:
La Mutua Montañesa puede apelar la sentencia.
El caso podría llegar al Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
Independientemente del resultado final, esta sentencia ya ha marcado un precedente.
Es una victoria para los autónomos y un paso hacia una mejor protección de sus derechos.