Deducibilidad de gastos sin factura: ¿cuándo es posible?

La factura es, en principio, el documento necesario para deducir un gasto en el Impuesto sobre Sociedades. Sin embargo, la normativa fiscal también admite la deducción de algunos gastos sin factura, siempre que se cumplan determinados requisitos y se aporten las pruebas oportunas.

¿Cuándo se pueden deducir gastos sin factura?

La Ley 27/2014, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS), establece en su artículo 10.3 que, en principio, la base imponible del impuesto se calculará corrigiendo el resultado contable de acuerdo con las normas previstas en la legislación mercantil y fiscal.

No obstante, la Dirección General de Tributos ha señalado en diversas consultas vinculantes que algunos gastos pueden ser deducibles sin factura si se cumplen los siguientes requisitos:

Inscripción contable: El gasto debe estar correctamente registrado en la contabilidad de la empresa.

Imputación con arreglo a devengo: El gasto debe imputarse al ejercicio fiscal en que se ha producido la operación que lo ha generado.

Correlación de ingresos y gastos: El gasto debe tener una relación directa con la obtención de ingresos.

Justificación documental: Debe existir algún documento que acredite la realidad del gasto, aunque no sea una factura.

¿Qué tipo de pruebas se pueden aportar?

En caso de no disponer de factura, la empresa puede aportar otros medios de prueba para justificar la realidad del gasto, como por ejemplo:

Extractos bancarios: Si el pago se ha realizado mediante transferencia bancaria, el extracto bancario puede servir como justificante.

Contratos: Si el gasto se ha derivado de la ejecución de un contrato, una copia del contrato puede ser suficiente.

Facturas de proveedores anteriores: Si se ha realizado el mismo tipo de gasto en ejercicios anteriores con factura, las facturas de esos ejercicios pueden servir como referencia.

Testimonios de testigos: En algunos casos, incluso puede admitirse la prueba testifical.

¿Qué riesgos existen al deducir gastos sin factura?

Si bien la normativa fiscal admite la deducción de gastos sin factura, es importante tener en cuenta que la Administración Tributaria puede cuestionar la deducción de estos gastos si no se aportan las pruebas suficientes para justificarlos.

En este caso, la empresa podría verse obligada a pagar los impuestos correspondientes, más intereses de demora y sanciones.

Recomendaciones:

Es recomendable intentar obtener siempre factura por todos los gastos que se realicen.

En caso de no disponer de factura, se deben conservar todos los documentos que puedan acreditar la realidad del gasto.

Si se tiene alguna duda sobre la deducibilidad de un gasto sin factura, se recomienda consultar con un asesor fiscal.

Análisis:

La deducibilidad de gastos sin factura es una cuestión compleja que depende de varios factores. Las empresas deben ser conscientes de los requisitos que deben cumplir y de los riesgos que existen para poder deducir este tipo de gastos de forma segura.

En caso de duda, siempre es recomendable consultar con un asesor fiscal especializado.

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