El Tribunal Supremo (TS) emitió la sentencia n.º 1148/2023 el 12 de diciembre de 2023, abordando la cuestión de si, en casos de despido disciplinario de una mujer embarazada, la nulidad automática debe ir acompañada de indemnización por daño moral.
Según la sentencia, la declaración de nulidad objetiva, derivada de la vulneración del derecho fundamental a la igualdad y no discriminación, no conlleva automáticamente una indemnización adicional por daño moral. La trabajadora deberá demostrar que el despido tuvo como motivo alguna causa discriminatoria.
Análisis:
La sentencia del Tribunal Supremo marca un precedente importante al establecer condiciones específicas para la indemnización por daño moral en casos de despido nulo relacionado con el embarazo. La clarificación de que la nulidad objetiva no garantiza automáticamente la compensación adicional subraya la importancia de aportar evidencia de discriminación.
El TS destaca que la carga probatoria recae en el demandado, instándolo a proporcionar una justificación objetiva y razonable de las medidas tomadas y su proporcionalidad. Este enfoque equitativo establece un estándar claro para la evaluación de los casos de despido durante el embarazo.
En última instancia, la sentencia busca equilibrar la protección de los derechos fundamentales de la trabajadora embarazada con la necesidad de evidencia suficiente para respaldar una indemnización por daño moral. La transparencia y claridad en los procedimientos legales son esenciales para garantizar una justicia efectiva en casos de discriminación laboral asociada al embarazo.