Jubilación activa no justifica la extinción del contrato de trabajo

Un trabajador de una empresa de fontanería fue despedido por jubilación del empresario. Sin embargo, el TSJ de Cataluña ha declarado que la jubilación activa no justifica la extinción del contrato de trabajo, ya que esta requiere la continuidad del negocio.

En este caso, el empresario se encontraba en situación de jubilación activa desde 2016, con una pensión del 50% de la base reguladora. En 2022, pasó a la situación de jubilación plena y procedió al cierre del negocio. En ese momento, comunicó al trabajador la extinción de su contrato.

El TSJ Cataluña recuerda que la jubilación del empresario no justifica, por sí sola, la extinción de los contratos de trabajo, sino que requiere el cese del negocio. Por tanto, el contrato de trabajo se mantiene tanto si se efectúa la transmisión de empresa, como si continua la actividad, aunque no se haya transmitido a otro empresario.

Sin embargo, tras la regulación de la jubilación activa, el TSJ interpreta que el único momento temporal en el que coinciden la jubilación del empresario con el cese del negocio es cuando finaliza la situación de jubilación activa y se pasa a situación de jubilación plena, siempre y cuando, además, se proceda al cierre del negocio.

De modo que el paso a la situación de jubilación activa impide la extinción del contrato, puesto que esta situación requiere necesariamente la continuidad del negocio. La extinción del contrato debe quedar vinculada a la situación de jubilación plena, que es cuando -en la mayor parte de las ocasiones- se produce el cierre del negocio. En caso contrario, no tendría sentido aplicar esta causa de extinción, ya que, en situación de jubilación activa no podría aplicarse por continuar activo el negocio, y tampoco al producirse la jubilación plena por haberse iniciado la situación de jubilación tiempo antes.

Análisis:

La sentencia del TSJ Cataluña es importante porque aclara una cuestión que había sido objeto de debate en los últimos años. La jubilación activa, que permite a los trabajadores compatibilizar el trabajo con la pensión, ha generado dudas sobre si puede justificar la extinción de los contratos de trabajo.

La sentencia establece que la jubilación activa no justifica la extinción del contrato de trabajo, ya que esta requiere la continuidad del negocio. Esto supone una protección para los trabajadores, ya que les impide ser despedidos por el simple hecho de que su empresario se jubile.

La sentencia también es importante porque aclara que la extinción del contrato de trabajo por jubilación del empresario debe quedar vinculada a la situación de jubilación plena. Esto es lógico, ya que es en este momento cuando, en la mayor parte de las ocasiones, se produce el cierre del negocio.

En definitiva, la sentencia del TSJ Cataluña es una buena noticia para los trabajadores, ya que les otorga una mayor protección frente a los despidos por jubilación del empresario.

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