Los autónomos no tienen obligación de mostrar el contenido de un ordenador en una inspección de Hacienda

La Justicia falló a favor de un autónomo que se negó a mostrar la información contenida en sus ordenadores a Hacienda. Éstos son los derechos y obligaciones de los negocios frente al Fisco.

El Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Galicia anuló una multa de 301.535,38 euros impuesta a un negocio tras una inspección de Hacienda. El Fisco quiso castigar al contribuyente por obstrucción al negarse a que los inspectores accedieran a los ordenadores de su negocio. Hacienda no disponía de una orden judicial para realizar dicha inspección, por lo que la Justicia entendió que estaba vulnerando algunos de los derechos fundamentales a la privacidad e inviolabilidad del domicilio que también tienen los empresarios.

La sentencia del TEAR gallego recoge que el órgano inspector tenía constancia de la condición de “espacio constitucionalmente protegido”. Por este motivo, sin una autorización judicial, el Tribunal Constitucional reconoce la inviolabilidad del domicilio social de autónomos y empresarios. Esto significa que si los inspectores no traen consigo una orden válida, los trabajadores por cuenta propia pueden negarse a la inspección.

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