Monedas virtuales: La DGT aclara la obligación de declarar saldos de más de 50.000 euros.

La Dirección General de Tributos (DGT) ha aclarado en una consulta vinculante que los residentes en España no están obligados a declarar las monedas virtuales si su valor conjunto no supera los 50.000 euros a 31 de diciembre.

La consulta, publicada el pasado 1 de agosto, se refiere al modelo 721, que es la declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero. Este modelo obliga a los residentes en España a informar a la Agencia Tributaria sobre las monedas virtuales que poseen, tanto las situadas en España como las situadas en el extranjero.

La DGT señala que la obligación de declarar las monedas virtuales se excluye cuando su valor conjunto no supera los 50.000 euros. Para determinar este valor, se tomará la cotización a 31 de diciembre que ofrezcan las principales plataformas de negociación o sitios web de seguimiento de precios.

Por lo tanto, los residentes en España que posean monedas virtuales con un valor conjunto inferior a 50.000 euros no están obligados a presentar el modelo 721.

Esta aclaración de la DGT es importante para los residentes en España que poseen monedas virtuales, ya que les permite ahorrar tiempo y dinero en la presentación de la declaración informativa.

La consulta vinculante de la DGT aclara que los residentes en España no están obligados a declarar las monedas virtuales si su valor conjunto no supera los 50.000 euros a 31 de diciembre. Esta aclaración es importante para los residentes en España que poseen monedas virtuales, ya que les permite ahorrar tiempo y dinero en la presentación de la declaración informativa.

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